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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Perteneces al régimen tributario especial? Recuerda realizar la actualización del registro web ante la Dian


régimen tributario especial
Actualizado: 5 junio, 2023 (hace 2 años)
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En virtud del artículo 364-5 del ET, las entidades del régimen tributario especial deberán actualizar anualmente, en los primeros 3 meses del año, la información del registro web.

Quienes hayan obtenido ingresos superiores a 160.000 UVT deberán presentar la memoria económica del artículo 356-3 del ET.

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