Pérdida en venta de acciones en el impuesto de renta y complementario de ganancia ocasional
La pérdida en venta de acciones en el impuesto de renta y complementario de ganancia ocasional está sujeta a las reglas especiales previstas en los artículos 153 y 312 del Estatuto Tributario, las cuales determinan cuándo la pérdida es aceptada o rechazada para efectos fiscales.

