Mantente al día de nuestras transmisiones revisando siempre las próximas fechas y horarios en que estaremos al aire.
Déjanos tu correo electrónico y te notificaremos nuestros próximos eventos.
El artículo 250 del Código Sustantivo del Trabajo —CST— dispone que el trabajador puede perder sus cesantías si comete una conducta o acto delictivo en contra del empleador o sus parientes.
A continuación, te contaremos el debido proceso que debe realizarse para la retención de cesantías.