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Indemnización de seguros por daños del sismo: tratamiento tributario y contable en Colombia


Indemnización de seguros por daños del sismo: tratamiento tributario y contable en Colombia

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué se considera daño emergente y qué se considera lucro cesante?
  • ¿La indemnización de seguros por daños del sismo paga impuesto de renta?
  • Requisito de reinversión: qué exige la norma para que el ingreso no sea gravable
  • Checklist: documentos para sustentar el tratamiento no gravado de la indemnización de seguros por daños del sismo
  • ¿Aplica retención en la fuente sobre la Indemnización de seguros por daños del sismo?
  • Caso práctico: ¿cómo contabilizar la pérdida del activo y la indemnización recibida?
  • Tabla comparativa: daño emergente vs. lucro cesante

Actualizado: 21 agosto, 2026 (hace 7 días)

Si su empresa recibió una Indemnización de seguros por los daños del sismo de agosto de 2026, no siempre genera impuesto de renta, explicamos si tributa, cómo declararla, si aplica retención en la fuente y cómo registrarla contablemente según el artículo 45 del Estatuto Tributario.

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