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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo afiliarse a una ARL como trabajador independiente?


trabajadora independiente
Actualizado: 28 febrero, 2024 (hace 1 año)
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Los trabajadores independientes que cumplan con las normas legales aplicables están obligados a afiliarse al sistema de riesgos laborales mediante el pago del aporte correspondiente a una entidad administradora. Aquí te explicamos cómo afiliarte a una ARL como trabajador independiente.

La afiliación a una ARL proporciona cobertura en caso de accidentes de trabajo o enfermedades laborales, garantizando las prestaciones asistenciales necesarias, como la atención médica, y en algunos casos el pago de incapacidades temporales o permanentes.

La legislación establece que los trabajadores independientes que cumplan con los presupuestos legales aplicables deben afiliarse al sistema de riesgos laborales mediante el pago del aporte a una entidad administradora en riesgos laborales –ARL–.

¿Qué tipos de trabajadores independientes deben afiliarse a una ARL?

Según el Decreto 723 de 2013, los trabajadores independientes obligados a afiliarse a riesgos laborales son los siguientes:

  1. Los trabajadores independientes vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con una duración superior a un (1) mes.
  2. Todos los trabajadores independientes que desempeñen actividades de alto riesgo clasificadas en los niveles IV y V, según la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002.

¿Quién paga la cotización?

La cotización de los trabajadores independientes a riesgos laborales se divide de la siguiente manera: en los casos de riesgos laborales I, II y III, es el propio contratista, es decir, el trabajador independiente, quien debe asumir el pago del aporte. Por otro lado, en los casos de riesgos laborales IV o V, el responsable del pago es el contratante.

¿Cómo se efectúa la afiliación a la ARL?

En primer lugar, los trabajadores independientes tienen derecho a elegir libremente su ARL y, en cualquier caso, deben afiliarse a una sola. En segundo lugar, en el caso de los independientes vinculados mediante contrato formal de prestación de servicios, le corresponde al contratante realizar la afiliación, la cual puede hacerse a través de la Pila, directamente con la administradora o mediante el sistema de afiliación transaccional –SAT–.

Los trabajadores independientes que no estén obligados a la afiliación a riesgos laborales, pero deseen hacerlo de manera voluntaria, deberán llevar a cabo todos los trámites necesarios para la afiliación por sí mismos.

Angie Vargas, experta en derecho laboral, explica este tema con mayor detalle:

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