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¿Cuándo es responsable el empleador de los accidentes laborales?


La Corte Suprema de Justicia reafirmó la importancia de la responsabilidad del empleador en casos de accidentes laborales, esto gracias a la Sentencia SL060, emitida el 22 de enero de 2024. Este fallo se centró en un caso donde un trabajador sufrió un accidente de tránsito mientras cumplía con sus funciones laborales, resultando en múltiples fracturas y lesiones graves.

El trabajador afectado aseguró que la empresa no le proporcionó las medidas de seguridad necesarias ni la capacitación adecuada para desempeñar su trabajo de manera segura. Además, señaló la ausencia de instrucciones de seguridad vial y de elementos de protección personal que podrían haber prevenido o mitigado los riesgos.

La empresa, por su parte, se defendió diciendo que el accidente fue un evento fortuito e inevitable, ajeno a su control. No obstante, la Corte Suprema, tras analizar el caso, determinó que era así. La sentencia enfatiza que la empresa conocía que el trabajador utilizaba una moto en el desempeño de sus labores, lo cual es una actividad peligrosa previsible. El alto organismo judicial concluyó que la falta de medidas y controles de seguridad vial adecuados por parte de la empresa contribuyó directamente al accidente.

“El fallo establece un precedente significativo al subrayar el deber del empleador de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, incluso en actividades que impliquen riesgos previsibles”

El fallo establece un precedente significativo al subrayar el deber del empleador de garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, incluso en actividades que impliquen riesgos previsibles, como el uso de vehículos para actividades laborales. La sentencia determina que la empresa es responsable por no haber implementado controles de seguridad vial y por no haber verificado el uso de elementos de protección por parte del trabajador.

María Camila Giraldo, asociada de Godoy Córdoba, afirmó lo siguiente al respecto:

Cabe recordar que la Sentencia 009435 del 24 de abril de 1997 especifica que, en el sistema general de riesgos profesionales, el empleador es responsable por la afiliación y cotización de sus trabajadores a la administradora de riesgos profesionales y de su seguridad, no solo entendida como seguridad e higiene en el trabajo, sino también en cuanto a la seguridad personal, garantizando la vida de sus trabajadores en los sitios y centros de trabajo.

Por ello, este pronunciamiento de la Corte Suprema pone de manifiesto la necesidad de que las empresas adopten todas las medidas preventivas necesarias para proteger a sus empleados, subrayando la obligación de garantizar condiciones seguras de trabajo. Adicionalmente, en el reglamento interno de trabajo no existe prohibición al trabajador relacionada con la imposibilidad de utilizar un vehículo propio para realizar la tarea contratada.

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¿Qué tipos de responsabilidades tiene el empleador?

La afiliación y el pago de cotizaciones a una administradora de riesgos laborales –ARL– permite al empleador trasladar la responsabilidad laboral, sin embargo, la empresa, la alta dirección y los individuos involucrados en un accidente mortal pueden enfrentar consecuencias civiles, penales y administrativas. Este hecho, que puede acarrear graves repercusiones, debe ser considerado con seriedad por el empleador.

Responsabilidad laboral

La responsabilidad laboral surge del contrato de trabajo, protegiendo a los trabajadores contra accidentes y enfermedades profesionales mediante promoción, prevención y prestaciones económicas y asistenciales. Esta responsabilidad es delegada a la ARL por el empleador.

Responsabilidad civil

La indemnización por daños o perjuicios se otorga al trabajador y/o sus familiares cuando, debido a la negligencia del empleador, ocurre un accidente de trabajo o se presenta una enfermedad laboral. Esta compensación busca reparar el impacto negativo sufrido a causa del incumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud por parte del empleador.

Responsabilidad penal

Cuando un accidente de trabajo ocurre por culpa o dolo del empleador, surge una responsabilidad penal por las lesiones o el homicidio del trabajador. Esta responsabilidad recae directamente sobre el causante del accidente, ya sea gerente, jefe inmediato, compañero de trabajo o supervisor, quienes pueden enfrentar penas de privación de su libertad tras un proceso penal por homicidio.

Responsabilidad administrativa

El Ministerio del Trabajo supervisa y controla la seguridad y salud en el trabajo y el sistema general de riesgos laborales. Los empleadores enfrentan multas o el cierre de la empresa por incumplir las normas. Según el artículo 2.2.4.1.6 del Decreto 1072 de 2015, la investigación de accidentes mortales puede resultar en sanciones si se encuentran violaciones a las normas de salud ocupacional, como la falta de elementos de protección personal o programas de salud inadecuados. Estas sanciones afectan la estabilidad económica de la empresa y pueden implicar consecuencias legales para los directivos.

María Camila Giraldo
Abogada de la Universidad Javeriana y especialista en Derecho Laboral de la Seguridad Social de la Universidad del Rosario.

María Camila Giraldo
Abogada de la Universidad Javeriana y especialista en Derecho Laboral de la Seguridad Social de la Universidad del Rosario. Cuenta con más de 3 años de experiencia asesorando a compañías nacionales e internacionales en temas laborales y de seguridad social, auditorías laborales y due diligence.