¿Cómo se definen los recargos nocturnos, dominicales y festivos? ¿Cuáles son los porcentajes con los que se deben liquidar estos recargos?
A continuación, te traemos un tutorial con el cual podrás guiarte para liquidar correctamente horas extra, recargos y trabajo dominical o festivo.
También, conoce aspectos referentes a la incidencia de estos conceptos en la nómina electrónica y la reducción de la jornada laboral.
Teletrabajadores podrán cobrar horas extras y recargos, y las empresas deben cumplir con estos pagos siempre y cuando el teletrabajo se ejecute donde la jornada laboral se verifique.
La ley establece que los domingos o días festivos deben ser remunerados con el valor de un día de salario, y deben ser computados como días laborados, lo que supone que su disfrute no interrumpe la continuidad laboral.
El Ministerio del Trabajo realizó algunas precisiones al respecto.
De acuerdo a la ley laboral, se establece que los trabajadores deben tener al menos un día de descanso a la semana, que generalmente es el domingo.
En el evento en que los trabajadores deban laborar este día, la ley dicta que deberán ser remunerados con recargos sobre la hora ordinaria.
A continuación, la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social, resuelve inquietudes relacionadas con los llamados de atención, el Paef, el PAP, las sanciones de la UGPP, pago de dominicales y otros temas de interés general.
¿Cómo se liquida la nómina de una persona que trabaja de domingo a domingo, a la cual se le otorga un día compensatorio entre la semana?
Si trabajo las 48 horas semanales y también el domingo, ¿ese día me lo deben pagar como una extra dominical al 100%?