Superfinanciera informó que la tasa de usura que estará vigente en Colombia en diciembre de 2020 será de 26,19 %, cifra inferior en 0,57 puntos básicos a la tasa actual.
La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la resolución por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el mes de noviembre.
La Superfinanciera expidió la resolución por medio del certificado de calidad del interés bancario corriente para el mes de octubre.
La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2020 en la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 18,35 % EA.
Superfinanciera expidió la resolución por medio del certificado de calidad del Interés Bancario Corriente para el mes de agosto.
Este será el interés máximo que un banco o entidad crediticia podrá cobrarle a sus clientes en un crédito de consumo y ordinario.
La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2020 en la modalidad de crédito de consumo y ordinario será del 18,12 % EA.
La tasa de interés bancario corriente para la modalidad de microcrédito, por su parte, será del 34,16 % para el período comprendido entre 1 de julio de 2020 y el 30 de septiembre de 2020.
La Superfinanciera certifica que el interés bancario corriente para el período comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2020, en la modalidad de crédito de consumo y ordinario, será del 18,12 % EA, siendo la tasa de usura para el mismo período de 27,18 %.
Con lo anterior, la tasa de usura bajó 75 puntos básicos, si se compara con abril, mes en el que el índice fue de 28,04 %.
La baja comprensión de los conceptos de interés simple y compuesto dificulta el cálculo del valor de la tasa de interés del “gota a gota”.
La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la resolución por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para el mes de febrero.
La Superintendencia Financiera de Colombia expidió el 30 de enero de 2020 la Resolución 0094, por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para el siguiente período, comprendido entre el 1 y el 29 de febrero de 2020, en la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Con la presente resolución se certifica el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19,06 %, presentando una variación de 29 puntos con relación a la certificación del período anterior, y siendo la tasa de usura para el mismo lapso de 28,59 %.
El interés remuneratorio y moratorio no podrá exceder en 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 28,59 % EA para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Para efectos tributarios es importante tener presente que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante febrero de 2020 es de 26,59 %.