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La Dian implementó, mediante la Resolución 000117 de 2023, un nuevo mecanismo de devolución de oficio de saldos a favor para declaraciones de renta a partir del año gravable 2023.
Este beneficio aplica a personas naturales residentes que cumplan con 10 requisitos, como tener saldos menores a 40 UVT.
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En el 2019 una persona natural perteneció al régimen ordinario y declaró un saldo a favor que no pidió en devolución. Luego, durante el 2020 perteneció al régimen simple y en el 2021 regresó al régimen ordinario. ¿Puede imputar en su declaración de renta 2021 el saldo a favor que se formó en su declaración del 2019?
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