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Con la Resolución 00031 de 2024, el formulario 350 ha sido transformado y ahora incluye más casillas que el formulario anterior. Este nuevo formulario comenzará a utilizarse en agosto de 2024.
Te ofrecemos instrucciones esenciales para llenar el nuevo formulario, así como liquidadores, consultorios, normativas y otros recursos útiles para cumplir con los nuevos requisitos.
Aquí prenderás acerca de la tributación sobre dividendos y/o participaciones gravados y no gravados para contribuyentes que fue modificada por la Ley 2277 de 2022 y el Decreto 1103 de 2023.
A través de 4 simuladores en Excel y 1 matriz en Word podrás estudiar los cambios que aplican a partir del AG 2023.
¿Si una sociedad del régimen simple reparte dividendos a sus socios o accionistas, y dicha sociedad no practica retención a título de renta, entonces todos sus socios o accionistas tendrán que auto practicarse la retención a título de renta que no les practicó la sociedad que distribuyó el dividendo?
¿Cómo se practicará durante el 2024 la “retención en la fuente trasladable” sobre dividendos cuando una sociedad nacional entregue dividendos no gravados o gravados de los años 2017 y siguientes a otra sociedad nacional?
¿Cómo se calculará durante el 2024 la retención en la fuente sobre dividendos no gravados y gravados de años 2017 y siguientes que se distribuyan a personas naturales no residentes?
¿Cómo se calculará durante el 2024 la retención en la fuente sobre dividendos no gravados y gravados de años 2017 y siguientes que se distribuyan a personas naturales residentes del régimen ordinario?
¿Cómo se calculan al cierre del 2023 los dividendos no gravados y gravados en cabeza de socios? ¿En dicho cálculo se tomará en cuenta el impuesto neto de renta afectado con las sobretasas y con el impuesto a adicionar producto de la aplicación de la tasa mínima de tributación?
La Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 242-1 del ET, elevando de 7,5 % a 10 % el valor de la retención trasladable sobre los dividendos que sean entregados a la mayoría de las sociedades nacionales.
Esta norma crea complejidades e injusticias tributarias, razón por la cual sería mejor eliminarla.
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El artículo 911 del ET establece que una sociedad del régimen simple no está obligada a practicar retenciones sobre los dividendos que distribuya a sus socios o accionistas.
En dichos casos no siempre se dará la doble tributación sobre dividendos que sí existe en las sociedades del régimen ordinario.
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Las sociedades nacionales deberán incluir en el certificado de socios y accionistas las características y el tipo de sociedad.
Así, el socio podrá calcular correctamente su propio impuesto sobre los dividendos o participaciones que le hayan distribuido durante el año 2021.
Más detalles a continuación.
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