¿Qué novedad se presenta en el formato 1003 para el reporte de retenciones en la fuente a favor del año gravable 2020?
El artículo 911 del ET y el Decreto 1091 de 2020 exoneran de retenciones a título de renta e ICA a los inscritos en el SIMPLE; más no de retención a título de IVA, ganancia ocasional ni de la contribución de laudos arbitrales.
En pagos a terceros, estos tendrán que practicarse autorretenciones.
Para efectos de recaudar el impuesto de renta o del IVA de manera anticipada, fue creada la retención en la fuente.
Esta debe ser declarada mensualmente en el formulario 350, incluso sin pago, pero atendiendo lo previsto en el artículo 580-1 del ET.
¿Qué efectos tributarios genera presentar la declaración de retención en la fuente de manera extemporánea?
¿Qué tipo de pagos no están sujetos a retención en la fuente?
Conozca las respuestas a las preguntas más recurrentes sobre la aplicación de la retención en la fuente, mecanismo que tiene como finalidad recaudar algunos impuestos de manera anticipada, como, por ejemplo, el del impuesto de renta.
¿Cuál es la cuantía mínima que debe ser considerada al momento de efectuar la retención en la fuente?
Si una persona natural pasa tres cuentas de cobro en el mismo mes por valor de $300.000, ¿dichos valores quedan sujetos al cobro de la retención en la fuente?
El régimen simple de tributación fue creado por la Ley 1943 de 2018, y se encuentra regulado por los artículos del 903 al 916 del Estatuto Tributario. Esta nueva disposición fue, a su vez, reglamentada por el Decreto 1468 de 2019.
La retención en la fuente no es un impuesto como tal, sino un mecanismo que fue diseñado por la Dian con la finalidad de recaudar de manera anticipada algunos impuestos. A continuación, se dan a conocer 7 recomendaciones de gran utilidad para realizar el proceso tributario en mención.
La Ley de financiamiento 1943 de diciembre 28 de 2018 realizó varias modificaciones importantes a las normas del Estatuto Tributario, que rigen el impuesto de renta y su retención en la fuente para personas naturales residentes que perciban rentas de trabajo, sean laborales o no laborales.
Las tarifas de retención en la fuente a título de renta para el año 2019 por conceptos tales como compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros, se encuentran discriminadas en la siguiente guía con sus respectivos topes en UVT y la cifra correspondiente en pesos (el monto de UVT para 2019 es de $34.270).