Cuando una entidad lleva a cabo revaluaciones de propiedades, planta y equipo debe contabilizar la revaluación teniendo en cuenta la situación particular de cada activo, y considerar las revaluaciones reconocidas en períodos anteriores, las cuales pueden influir en el registro que deba efectuar.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el 27 de diciembre de 2018 el Decreto 2442, a través del cual modifica el Decreto único tributario 1625 de 2016 a fin de establecer los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias de los impuestos nacionales durante 2019.
El artículo 118-1 del ET le impone un límite deducible a la subcapitalización de los intereses pagados a vinculados económicos.
Sin embargo, para deducir los intereses generados a favor de los no vinculados, se requiere conseguir certificados especiales.
El Decreto 2264 de 2019 dispuso que el límite del 40 % al que se someten las deducciones y rentas exentas dentro de la cédula general, se obtiene al tomar los ingresos brutos y restar solo los ingresos no gravados.
Esto es equivocado pues deja por fuera a las devoluciones, y a los costos y gastos.
Durante febrero de 2020 se tendrá que presentar este tipo de declaración, la cual será especial dependiendo de si el contribuyente alcanzó o no a presentar otras declaraciones del IVA hasta antes de trasladarse al SIMPLE.
Compartimos en este cuadro sinóptico artículos del Estatuto Tributario y de otras normas que cambiaron con la nueva Ley de reforma tributaria 2010 de diciembre 27 de 2019.
Adicionalmente, incluimos un cuadro con los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018 (Ley de financiamiento).
Así lo dispuso la Sentencia C-520 de 2019, con la cual se declaró exequibles los artículos del 42 al 49 de la Ley 1943 de 2018.
La Corte indicó que dicha normalización era similar a la que se estableció con la Ley 1739 de 2014, que también había sido declarada exequible con la Sentencia C-551 de 2015.
La Corte Constitucional se pronunció mediante la Sentencia C-514 de octubre 30 de 2019.
En las consignaciones por 3.500 UVT a las que hace referencia el artículo 437 del ET como requisito para operar como no responsable del IVA solo deben tenerse en cuenta las operaciones gravadas con dicho impuesto.
Así lo dispuso la Corte Constitucional en su Sentencia C-520 de noviembre 5 de 2019.
La corporación declaró exequible de forma condicionada el artículo 33 de la Ley 1943 de 2018, que impedía afectar con costos y gastos las rentas de trabajo que se lleven a la nueva cédula general.
En su Sentencia C-514 de octubre 30 de 2019 la Corte examinó el artículo 113 de la Ley 1943 de 2018 y derogó la palabra “solo” contenida en dicho texto.
Desde ahora, en las vías gubernativas y jurisdiccional los contribuyentes se podrán amparar en la ley y también en las doctrinas de la Dian.
Los artículos del 1 al 3 del Decreto 1973 de 2019 reglamentaron los cambios efectuados por la Ley 1943 de 2018 a los artículos 18-1, 23-1, 368-1 y 793 del ET. El decreto establece en qué casos la retención sobre las utilidades repartidas por tales fondos se practicará solo en el momento del pago.
En el trámite de la ley que pretende revivir los textos de la caída Ley 1943 de 2018 debería aprovecharse para establecer cómo los productores de bienes exentos que se trasladan al SIMPLE podrán presentar las solicitudes de devolución de sus saldos a favor. Hasta ahora no hay claridad al respecto.