Atendiendo la política de Gobierno digital y con el objetivo de optimizar y facilitar el trámite del instrumento de firma electrónica –IFE–, la Dian expidió el 28 de julio de 2020 la Resolución 000080, por medio de la cual se indicó el nuevo procedimiento para la emisión de tal instrumento por parte de las personas naturales, quienes en su totalidad pueden acceder al IFE para el cumplimiento de sus obligaciones ante la Dian.
Las novedades en tal procedimiento radican principalmente en la aplicación del mecanismo de autogeneración, por lo que se simplificaron algunos de los pasos existentes en el anterior sistema. Este nuevo instrumento de firma electrónica tiene una vigencia de 3 años.
Entidad emitirá firma electrónica para contribuyentes que cuenten con cita asignada para solicitud de devolución de saldos a favor en renta.
La información exógena busca efectuar cruces de información que permitan cumplir con la función de fiscalización, ejercer mayor control de los tributos y contribuir a mejorar el cumplimiento de las obligaciones.
Por el 2020, esta información deberá reportarse entre el 28 de abril y el 10 de junio.
¿Los contribuyentes que tienen pendiente hacer la renovación de la firma electrónica pueden ir directamente a la Dian o deben pedir una cita?
El instrumento de firma electrónica es el mecanismo por el cual se sustituye la firma autógrafa en los documentos y trámites realizados por personas naturales ante la Dian.
En caso de que el contribuyente fallezca se deberá realizar la revocación de esta firma, según la Resolución 000070 de 2016.
Aunque no es una práctica recomendada, muchos representantes legales permiten que terceros conozcan la contraseña requerida para firmar electrónicamente las declaraciones y reportes tributarios. Sin embargo, por seguridad es recomendable cambiar periódicamente la clave de su firma electrónica.
La firma electrónica es un mecanismo que sustituye a la firma autógrafa en los documentos y trámites realizados por personas naturales que actúen a nombre propio o en representación de una persona jurídica, en cumplimiento en los servicios electrónicos de la Dian de sus obligaciones formales.
Con la expedición de la Resolución 000070 de 2016 la Dian empezó a emitir los primeros instrumentos de firma electrónica que reemplazaron a los antiguos mecanismos de firma digital. En noviembre de 2019 se cumplirán tres años de la emisión de los primeros IFE, siendo necesaria su renovación.
A través de la Resolución 000022 del 3 de abril de 2019, la Dian indicó que la emisión del instrumento de firma electrónica también podrá realizarse de forma virtual y no solo presencial, para lo cual el usuario deberá tener en cuenta una serie de pasos para su generación en línea.
Con su Resolución 000070 de 2016, la DIAN empezó a regular el nuevo Instrumento de Firma Electrónica, con el cual será posible que los usuarios de los servicios electrónicos de esta entidad puedan cumplir con sus deberes formales y tareas electrónicas. Este reemplazará el mecanismo de firma digital.
DIAN. Por la cual se reglamenta el uso de firma electrónica en los servicios informáticos electrónicos de la DIAN sustituyendo para todos los efectos el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital.