La Resolución Dian 000074 de 2020 prescribió el formulario 420 para presentar la declaración del impuesto al patrimonio de 2020 y 2021.
Este formato en Excel facilita su liquidación, obligatoria para contribuyentes que a enero 1 de 2020 tenían un patrimonio mayor a 5.000 millones de pesos.
¿El MUISCA será el encargado de liquidar de forma automática la base gravable del impuesto al patrimonio año 2021 en el formulario 420?
¿Las personas jurídicas tendrán que liquidar impuesto al patrimonio del año 2021?
¿Quiénes tendrán que liquidar impuesto al patrimonio en el año 2021?
¿Cuál es la sanción que deben liquidar los contribuyentes que no presenten la declaración del impuesto al patrimonio?
¿El impuesto al patrimonio y el impuesto de normalización se pueden tomar como impuestos deducibles en la declaración de renta?
Hasta el 25 de septiembre de 2020 los contribuyentes podrán acogerse al impuesto de normalización tributaria.
Entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre de 2020 se cumplirán los plazos para efectuar el pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio y presentar el respectivo formulario 420.
En esta publicación se relacionan los principales detalles sobre cómo presentar y pagar correctamente ante la Dian el impuesto al patrimonio en el formulario 420.
¿En qué formulario se debe hacer la declaración del impuesto al patrimonio? ¿Es cierto que se requiere la firma electrónica para su presentación?
¿Cuáles son los efectos de la normalización de activos en la declaración del impuesto al patrimonio y en la declaración anual de activos en el exterior?
La Resolución Dian 000074 de julio 2 de 2020 prescribió el formulario 420 para presentar la declaración del impuesto al patrimonio revivido por la Ley de crecimiento económico 2010 de 2019.
Por tanto, compartimos este formato en Excel, a fin de capacitar y facilitar la liquidación de este impuesto.
Entidad ya expidió el formulario 420 para presentar la declaración del impuesto al patrimonio por los años gravables 2020 y 2021.