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Mediante la Sentencia C-305 de 2022 la Corte Constitucional determina que la factura del impuesto de renta emitida por la Dian pierde fuerza ejecutoria y, por tanto, no podrá usarse como título ejecutivo para efectos de cobro coactivo, siempre que el contribuyente presente oportunamente su declaración privada, incluyendo sus propios reportes al sistema de facturación electrónica cuando esté obligado.
La Ley 2155 de 2021 incorporó el artículo 616-5 al ET para establecer la factura del impuesto de renta como una nueva forma de determinación oficial de este impuesto mediante facturación.
La Dian expidió la Resolución 001212 de 2022 para reglamentar dicho artículo y precisar detalles respecto a su funcionamiento.
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