Norbey Lasso afirma que se deben evitar malas prácticas alrededor de la presentación de la información exógena para así evitar sanciones.
Una de las recomendaciones antes de presentar la información exógena es elaborar primero la declaración de renta y el cierre contable.
Todo lo relacionado con el reporte de la información exógena por el año gravable 2021 lo encuentras en nuestro Libro Blanco de 389 páginas y 31 casos prácticos.
Este manual teórico-práctico describe las instrucciones de la Resolución 000098 de 2020 y las modificaciones efectuadas por la Resolución 000147 de 2021.
Por medio de la Resolución 000098 de octubre de 2020 se reitera que para efectos de determinar la obligación de reportar información exógena para el año gravable 2021 deberán tenerse en cuenta los ingresos brutos obtenidos durante los años 2020 y 2021. Conoce más a continuación.
Los plazos cambiaron después que la administración distrital presentara inconvenientes técnicos. No habrá cobro de sanciones.
Entre el 24 de junio y el 8 de julio de 2021 vencen los plazos para reportar información en medios magnéticos.
La firmeza es la condición jurídica adquirida por los reportes de exógena después de haber transcurrido el plazo para que la Dian imponga sanciones relacionadas con esta obligación.
A continuación, presentamos los aspectos más importantes que debes conocer frente a esta condición.
El 30 de junio de 2021 finaliza el plazo para el reporte especial de exógena de los obligados a consolidar.
Estos contribuyentes deberán reportar los formatos 1034, 1035 y 1036 siguiendo las indicaciones de los artículos 29 al 30 de la Resolución 000070 de 2019.
En los formatos de información exógena, el seudo-NIT 222222222 es utilizado para registrar las cuantías menores.
No obstante, este seudo-NIT es empleado solo en ciertos formatos, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución 000070 de 2019, modificada por la Resolución 000023 de 2021.
El prevalidador de la Dian tiene ciertas ventajas, sin embargo, antes de migrar los datos a los formatos de exógena sugerimos diligenciar la información en un borrador.
Esto con el fin de evitar cometer errores al momento de diligenciarlos y verificar la información registrada.
Para el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2020 es indispensable conocer las novedades introducidas por la Resolución 000070 de 2019, la cual efectuó cerca de 25 ajustes especiales con relación a los reportes solicitados por el año gravable 2019.
El reporte de información exógena es un conjunto de datos que tanto personas naturales como jurídicas se encuentran obligadas a entregar periódicamente a la Dian, de acuerdo con las especificaciones solicitadas por la administración tributaria respecto a las operaciones realizadas con terceros.
Mediante un proyecto de resolución publicado el 6 de mayo de 2021, la Dian modificaría los plazos para la presentación del reporte de información exógena correspondiente al período gravable 2020.