Mantente al día de nuestras transmisiones revisando siempre las próximas fechas y horarios en que estaremos al aire.
Déjanos tu correo electrónico y te notificaremos nuestros próximos eventos.
Si alguna persona jurídica actualmente está operando en el régimen ordinario, y utiliza el beneficio de las rentas exentas de la economía naranja, pero dicho beneficio luego se ve afectado con el cálculo de la tasa mínima, ¿por qué sería recomendable para dicha persona jurídica el pensar en trasladarse al régimen simple?
¿Qué sucederá durante el año 2023 y siguientes con el beneficio de “rentas exentas de la economía naranja” y “rentas exentas agropecuarias” que se hallaban contenidas en los numerales 1 y 2 el art. 235-2 del ET los cuales fueron derogados con el art. 96 de la Ley 2277 de 2022?
En su Concepto 323 de marzo 13 de 2023, la Dian interpretó que las sociedades acogidas a los beneficios de las rentas exentas de la economía naranja sí podrán seguir utilizando dicho beneficio hasta que cada cual complete sus 5 o 7 años de operaciones.
Estos son los detalles que debes conocer.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
¿Qué sucederá a partir del 2023 y años siguientes con las sociedades que se habían acogido a los beneficios de las “rentas exentas de la economía naranja” o a las “rentas exentas por actividades agropecuarias”, las cuales estaban mencionadas en los numerales 1 y 2 del artículo 235-2 del ET, pero que fueron numerales derogados con la nueva reforma tributaria aprobada en el Congreso en noviembre de 2022?
Con el Concepto 1032 de 2022, la Dian señaló que para las utilidades en empresas de economía naranja, aunque no estén gravadas con el impuesto sobre la renta, este beneficio no se traslada a los accionistas.
Esta convocatoria busca incentivar el desarrollo de las pymes en Colombia, y apalancar el impulso de la reactivación económica del país.
En junio de 2022 vence el último plazo para que las sociedades nuevas o antiguas decidan acogerse a los beneficios de rentas exentas de la economía naranja.
Quienes se acojan a este tipo de beneficio enfrentan tres desventajas tributarias importantes. Conócelas a continuación.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
El artículo 235-2 del ET establece un incentivo tributario para empresas de economía naranja, en donde sus rentas estarán exentas por un período de 5 años.
Este beneficio está dirigido a personas jurídicas que estén constituidas o se constituyan e inicien actividades antes del 30 de junio de 2022.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
En esta conferencia, Olson Ortiz afirma que hasta el 30 de junio de 2022, las empresas de economía naranja, organizaciones dedicadas a actividades culturales, creativas y de base tecnológica, tienen plazo para acceder al beneficio de exención de renta por cinco años.
Gracias a la Ley de Inversión Social esta posibilidad se amplió hasta este año.
Además, […]
Grandes empresas de Colombia ya hacen parte de las empresas que han recibido el incentivo tributario por apostarle económicamente a la economía naranja.
A través de Fiduciaria Bancolombia, la entidad sigue profundizando en herramientas que le permitan seguir acompañando el fortalecimiento de la economía naranja.
Emprendedores y empresarios de mipymes compartieron sus historias de éxito al adoptar el modelo BIC de sociedades de beneficio e interés colectivo.
© 2023 actualicese.com Todos los derechos reservados - Colombia