Mantente al día de nuestras transmisiones revisando siempre las próximas fechas y horarios en que estaremos al aire.
Déjanos tu correo electrónico y te notificaremos nuestros próximos eventos.
Si durante el año 2023 una persona natural residente del régimen ordinario recibe dividendos gravados que sean de los años 2017 y siguientes, ¿con qué tarifa del impuesto de renta deberá tributar? ¿Qué sucede si la entidad que otorga los dividendos pertenece a un régimen especial como el correspondiente a las entidades ubicadas en zonas francas?
En esta conferencia, Gina Ortiz detalla la retención en la fuente para los dividendos de personas naturales. La nueva versión del parágrafo del artículo 242 del ET de la reforma tributaria establece que los dividendos pagados o decretados en calidad de exigibles a personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes estarán sujetos a retención en la […]
Gina Ortiz afirma en esta conferencia que, desde hace unos años se vienen distribuyendo las cargas hacia los dividendos. La tributación sobre estos fue uno de los temas más polémicos en la discusión de la reforma tributaria.
Desde el punto de vista del Gobierno nacional, hay excesivas deducciones y rentas exentas, que son utilizadas en mayor […]
Gina Ortiz afirma que entre los cambios que presenta la reforma tributaria enfocada a las personas naturales está la modificación a la depuración de la renta líquida gravable.
Se continuarán sumando todos los ingresos obtenidos por todo concepto, a excepción de los correspondientes a dividendos y ganancias ocasionales. De igual forma, tal como se ha venido […]
El cambio que introdujo la Ley 2155 de 2021 al artículo 240 del ET, elevando del 31 % al 35 % la tributación de las personas jurídicas, también afecta a los artículos 242 y 245 del ET, pues eleva la tributación de dividendos gravados distribuidos a personas naturales residentes o no residentes durante 2022.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
La declaración de renta de las personas naturales correspondiente al año gravable 2021 se debe presentar ante la Dian en el formulario 210 en los plazos determinados en el Decreto 1778 de 2021 –entre agosto y octubre de 2022–. No te pierdas los detalles en este taller práctico que preparamos para ti.
Dian expide el Concepto 599 de 2022, mediante el cual se pronunció respecto a las utilidades distribuidas por parte de un establecimiento permanente a su casa matriz en atención a un convenio de doble titulación con Reino Unido.
El artículo 242-1 del ET y el Decreto 1457 de 2020 exigen practicar una “retención trasladable” del 7,5 % a los dividendos no gravados entregados a la mayoría de las sociedades del régimen ordinario.
Si la sociedad que recibió el dividendo arroja pérdida, la retención se convertirá en gasto no deducible.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.
Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
© 2023 actualicese.com Todos los derechos reservados - Colombia