El acta de descargos es el documento por medio del cual el empleador le otorga al empleado la oportunidad de presentar una postura frente a la falta laboral cometida. El acta hace parte del procedimiento que responde a la presunción de inocencia del empleado y a su derecho al debido proceso.
Todo empleador tiene la obligación de conocer y aplicar de forma correcta las normativas laborales vigentes al momento de suscribir un contrato de trabajo. Omitir esta advertencia puede generar el pago de sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo o la UGPP.
26 tipos de herramientas como guías, notificaciones, cartas, contratos, entre otros, tienen a disposición los empleadores para afrontar la realidad laboral que se vive por estos días.
¿Cuál es el paso a paso para realizar un proceso de descargo laboral?
El principio de inmediatez establece que las decisiones tomadas en actuaciones procesales deberán notificarse a las partes oportuna y razonablemente a la ocurrencia de los hechos. Recientemente, la Corte Suprema de Justicia precisó cuestiones sobre su aplicación en un proceso disciplinario laboral.
Una diligencia de descargos tiene como fin comunicar al trabajador las posibles consecuencias que se desprenden de una falta que haya cometido, para que este último, a su vez, ejerza su derecho a la defensa. Conozca cómo proceder en los eventos en los que el trabajador no asista a esta audiencia.
Con la conocida Ley Antitrámites se adicionó a la Ley 361 de 1997 un parágrafo que permitía al empleador despedir con justa causa y directamente al trabajador con alguna debilidad manifiesta, sin necesidad de tener que pasar previamente por el visto bueno del Inspector de Trabajo. Sin embargo, la Corte Constitucional acaba de frenar dicha potestad.
Llama la atención un caso que fue consultado, donde un Banco le negó el derecho a uno de sus cajeros para ausentarse para el entierro de su abuela, bajo el argumento de que no había quién lo reemplazara y, de manera “caritativa”, el jefe sólo le concedió un día para que viajara de Cali a Neiva al entierro de su familiar.
Puede ser motivo de polémica para algunos empleados cuando el empleador instala cámaras de video en la oficina, pero el punto es que no hay norma alguna que lo impida. El empleador está en todo su derecho a velar por sus intereses.
Para algunos es escandaloso que el empleador instale cámaras de video al interior del trabajo, pero no hay norma que lo impida, pues el empleador está en todo su derecho a observar mediante ellas, su empresa, sus activos, las horas de llegada y salida de los trabajadores, el uso adecuado de computadores, etc.
Los trabajadores que están en rehabilitación o con una discapacidad, su contrato no puede ser terminado por dicha causal, pues gozan una protección al estar en un periodo de Debilidad Manifiesta. Pero si éstos cometen una falta, pueden ser despedidos sin tener que pagar 6 meses de salario cómo establece la Ley 361 de 1997 y la jurisprudencia de tutela.
El mundial de fútbol es época de alegría y compañerismo, pero algunos trabajadores descuidan su trabajo y cometen excesos que pueden conllevar al pérdida del trabajo, como es el caso de llegar embriagado o tomar licor en el sitio de trabajo. ¿Cuál es el proceso a seguir?