Las personas naturales que utilicen la cédula de rentas de trabajo podrán deducirse hasta el 10 % de sus ingresos brutos por concepto de dependientes, sin que esto exceda las 384 UVT. Si la deducción resulta improcedente, serán aplicadas las sanciones por inexactitud y por corrección.
Si una persona natural coloca como dependiente económico a su padre, pero este último en realidad no depende de él, ¿debe pagar alguna sanción tributaria?
La Dian, mediante su Oficio 005470 de marzo 12 de 2016, indicó que la deducción por dependientes no es procedente por bebés que aún están en el vientre de la madre. Lo anterior se da, aunque la norma estipule que pueden ser dependientes los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.