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La Supersociedades estableció un período de transición hasta el 31 de mayo de 2025. La entidad orientará a los nuevos sujetos obligados para que puedan dar cumplimiento a esta directriz.
La Supersociedades determinó que, las Cámaras de Comercio y entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia deberán presentar Sagrilaft y PTEE.
Cámaras de comercio continuarán enviando los mismos reportes de información financiera y no financiera que venían realizando ante la SIC.
La Supersociedades podrá imponer multas y/o sanciones a las cámaras de comercio si identifica infracción a leyes, estatutos o cualquier otra norma.
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