Las administradoras de fondos de pensiones –AFP– cuentan con varios mecanismos que protegen el capital de sus afiliados. Estas tienen la obligación de invertir los recursos de los afiliados, generando una rentabilidad mínima. Si se incumple esto, la AFP deberá responder con su propio patrimonio.
La afiliación y cotización al Sistema General de Pensiones –SGP– mediante un fondo de pensiones es de carácter obligatorio todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo, de prestación de servicios o como servidores públicos, aunque su escogencia es libre y voluntaria.