Mantente al día de nuestras transmisiones revisando siempre las próximas fechas y horarios en que estaremos al aire.
Déjanos tu correo electrónico y te notificaremos nuestros próximos eventos.
El registro único de beneficiarios finales –RUB– debe ser reportado por todas las personas jurídicas, asimiladas y estructuras sin personería jurídica, de acuerdo con la Resolución 000164 de 2021.
El incumplimiento de esta obligación expone al obligado a la sanción del artículo 658-3 o del 651 del ET.