Límite de rentas exentas en cálculo de la tasa mínima de tributación provocará traslados al régimen simple
Las personas jurídicas del régimen ordinario que no puedan restar de forma plena sus rentas exentas por la tasa mínima de tributación terminarían liquidando un impuesto del 15 % sobre su utilidad fiscal.
Si se trasladan al régimen simple solo tributarían entre el 1,6 % y el 4,5 % de sus ingresos brutos.

