La cuantía mínima para practicar retención en la fuente a título de renta por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares quedó en $1.743.000 (montos superiores a 48 UVT) para el año 2021.
Vale la pena anotar que la tarifa de retención a aplicar sigue siendo del 20 %.
De acuerdo con el valor de la UVT fijado en $36.308 para 2021, la cuantía mínima de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta por concepto de prestación de servicios será de $145.000.
A continuación, mencionaremos aspectos relacionados con esta actualización normativa.
La Resolución 000111 de diciembre 11 de 2020 fijó el valor de la UVT del año gravable 2021 en $36.308.
Con dicho dato es posible calcular la cuantía mínima para practicar retención en la fuente a título de renta por concepto de compras (en general) durante el año 2021.
Mediante la Resolución 000111 del 11 de diciembre de 2020, la Dian fijó el valor de la unidad de valor tributario –UVT– aplicable para el año gravable 2021.
A través del Decreto 1680 de diciembre 17 de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció los plazos para declarar y pagar el IVA y otros impuestos durante el 2021.
Dicho impuesto puede ser bimestral, cuatrimestral o anual; aquí te contamos cuáles son los requisitos de cada periodicidad.
A través de su Resolución 000111 de diciembre 11 de 2020, la Dian fijó el valor de la UVT para el año gravable 2021 en $36.308.
Aquí te contamos cómo esta actualización cambia el valor de la sanción mínima tributaria y en qué casos aplica esta última.
¿Durante el 2021 cuál será el monto de la sanción mínima?
Dian expide la Resolución 000111 de diciembre 10 de 2020, mediante la cual se fija la UVT aplicable para el año gravable 2021.
Así pues, de acuerdo con dicha resolución, la UVT que regiría para el año gravable en cuestión será equivalente a $36.308.
¿Ya se conoce cuál será el valor de la UVT para 2021?
Conoce en esta publicación los principales detalles relacionados con la liquidación y el pago de algunas sanciones tributarias. Recordemos que, por regla general, estas sanciones no pueden ser inferiores a la sanción mínima, pero sí pueden ser reducidas como lo indica el artículo 640 del ET.
¿Cuál es la sanción penal por el no pago oportuno de las retenciones en la fuente, el IVA o el INC?
¿En qué se diferencia un requerimiento especial de un emplazamiento sobre una declaración tributaria? ¿Estos actos pueden expedirse después del período de firmeza de la declaración?