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La Resolución que prescribió este tipo de formatos fue la 000071 de 2019. No se sabe si el nuevo director de la Dian prescribirá una nueva resolución que establezca los formatos 2516 y 2517 de conciliación fiscal que aplicarían para el año gravable 2023.
Esto se vería forzosamente afectado por la reforma tributaria.
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Los formatos de conciliación fiscal son un informe en el cual se consolidan y explican las diferencias entre la aplicación de los marcos técnicos normativos contables y las disposiciones contenidas en el Estatuto Tributario. Conoce aquí cuándo se deben elaborar los formatos 2516 y 2517.
Según el artículo 477 del ET y el artículo 1.3.1.15.4 del DUT 1625 de 2016, las personas naturales productoras de bienes exentos del IVA que son responsables de este impuesto tienen la obligación de llevar contabilidad para fines fiscales.
Si en el 2021 pertenecieron al régimen ordinario y declaran renta en el formulario 210, deben elaborar el formato 2517.
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Los contribuyentes del impuesto de renta obligados a llevar contabilidad, sean personas naturales o jurídicas, al igual que quienes decidan llevarla de forma voluntaria, deben efectuar un proceso de conciliación fiscal.
Esto permite analizar detalladamente las diferencias entre cifras contables y fiscales.
El formato de conciliación fiscal 2516 es un anexo del formulario 110 en el que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad reportan diferencias entre su contabilidad y declaración de renta.
Esta guía te permitirá auditar la correcta presentación del formato 2516 AG 2021 por parte de una entidad.
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Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
“¿Las entidades del régimen especial podrían llegar a tener la obligación de presentar reporte de conciliación fiscal, declaración informativa, documentación comprobatoria e informe País por país?”
Resueltas enero 31 de 2019
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