Saldos a favor en las declaraciones de IVA de quienes hacen exportaciones y también ventas nacionales
El artículo 481 del ET establece que los exportadores pueden solicitar la devolución bimestral de sus saldos a favor en IVA.
Cuando también realizan ventas gravadas por operaciones nacionales, el monto del saldo a favor para solicitar en devolución deberá considerar las reglas del artículo 489 del ET.

