Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Manifestaciones escritas: ¿a quiénes se les solicita?
Actualizado: 28 julio, 2022 (hace 2 años)
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Responde conferencista: Roberto Valencia.
¿A quiénes se les pueden solicitar las manifestaciones o comunicaciones escritas?
Pregunta resuelta 13 de julio de 2022.
De acuerdo con la NIA 580, el auditor de estados financieros deberá pedir a la dirección de la entidad que manifieste por escrito que:
Cumple con su responsabilidad frente a la preparación de los estados financieros, los cuales deben hacerse siguiendo el marco de información financiera aplicable a la empresa, y con la responsabilidad de que estos presenten fielmente la situación financiera, los resultados, los flujos de efectivo y las variaciones en el patrimonio de acuerdo con lo establecido en “el contrato de auditoría” (denominado encargo de auditoría por las NIA).
Le está proporcionando al auditor toda la información necesaria y le permite el acceso a ella.
Previamente a la preparación de los estados financieros se registraron todas las transacciones del ente económico y estas se reflejan fielmente en los estados financieros.
Además, el conferencista explica que el auditor debe tener acceso a toda la información y a todo el personal, es decir que el auditor puede solicitar manifestaciones escritas al personal que considere necesario. Sin embargo, aclara que las manifestaciones escritas deben ser solicitadas a los responsables de preparar la información financiera, como los miembros de la dirección o administración que tengan responsabilidades sobre los estados financieros y los conocimientos necesarios.