Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuestos a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados: las sucesiones ilíquidas siempre deberán generarlos


Sucesiones ilíquidas
Actualizado: 25 julio, 2023 (hace 2 años)
[share_this_with_gift]
[act_sidebar_indice]

Las normas de los artículos 513-2 y 513-7 del ET solo exoneraron de responder por los impuestos a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados a las personas naturales que cumplan ciertos topes de ventas anuales, pero no exoneraron a las “asimiladas a personas naturales”, es decir, a las sucesiones ilíquidas.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
,