Artículo 620. Obligación de fundamentarse en la declaración de renta. <Inciso derogado por el artículo 2 de la Ley 1555 de 2012>. Para medir la capacidad económica de los contratistas, las entidades públicas tendrán en cuenta, entre otros factores, los informes que aparezcan en la declaración de renta y complementarios correspondiente al último período gravable, cuando dichos contratistas fueren sujetos del impuesto.