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Certificado 220 de ingresos y retenciones para personas naturales asalariadas


Actualizado: 5 marzo, 2019 (hace 8 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: 

¿A qué tipo de personas naturales se les debe emitir el certificado 220 por rentas de trabajo? ​ 

Resuelta el 21 de febrero de 2019. 

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios cita los artículos 378 y 379 del Estatuto tributario, y expresa que los agentes de retención en la fuente deberán expedirle a los asalariados el certificado de ingresos y retenciones correspondiente al año gravable inmediatamente anterior. Este, de acuerdo con la Dian, corresponde al formulario 220.

Disposiciones como la anterior fueron compiladas en el Decreto único tributario 1625 de 2016, que declara como obligación del agente retenedor expedir el certificado del impuesto sobre la renta y complementario, y del gravamen a los movimientos financieros –GMF–.

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