Entidades del régimen tributario especial: puntos importantes para su declaración de renta año gravable 2024
Aquí hablaremos sobre...
- 1. Comentarios aplicables a fundaciones, corporaciones y asociaciones del artículo 19 del ET calificadas en el régimen tributario especial
- 2. Comentarios aplicables a las entidades cooperativas del artículo 19-4 del ET calificadas en el régimen tributario especial
- Características de las cooperativas en el régimen tributario especial
Las fundaciones, corporaciones y asociaciones del régimen tributario especial tienen la posibilidad de seguir restando sus excedentes fiscales como exentos. Sin embargo, en el caso de las cooperativas es obligatorio calcular un 20 % sobre su excedente fiscal.
Sigue leyendo y conoce todos los detalles.

