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Etiqueta: Reforma tributaria

Nueva Web App sobre la Ley de financiamiento 1943 de 2018
INFORMACIÓN CORPORATIVAEl 28 de diciembre de 2018 fue aprobada la nueva Ley de financiamiento 1943, a través de la cual se introducen cambios en materia fiscal para personas naturales y jurídicas aplicables a partir del año gravable 2019.

Algunas implicaciones de la Ley 1943 de 2018 o nueva Ley de financiamiento
CAPACITACIONES, ImpuestosLa Ley 1943 de 2018, aprobada el pasado 28 de diciembre de 2018, instaura un nuevo cúmulo normativo que introduce cambios importantes en materia de las obligaciones fiscales que tanto personas jurídicas y naturales deben atender a partir del 1 de enero del 2019.

Cambios introducidos por la Ley de financiamiento en materia del IVA
INFORMACIÓN CORPORATIVACon la entrada en vigor de la Ley 1943 de 2018 se modifican las normas señaladas en el Estatuto Tributario concernientes al impuesto sobre las ventas. Un ejemplo de ello es lo que respecta al IVA sobre cervezas y gaseosas, que será cobrado de forma plurifásica. La nueva Ley de financiamiento, aprobada el pasado 28 […]

Efectos de la nueva Ley de financiamiento 1943 del 28 de diciembre de 2018
INFORMACIÓN CORPORATIVAEl pasado 28 de diciembre fue sancionada por parte de la presidencia la nueva Ley de financiamiento 1943 de 2018, cuyo contenido aborda cambios importantes en materia de lo que concierne a las obligaciones fiscales para personas jurídicas y naturales a partir del 2019. La nueva Ley 1943 de 2018 señala la ruta fiscal que […]
Tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas será del 33 % para el año gravable 2019
ACTUALIDAD, ImpuestosSegún lo dispuesto en el inciso primero del artículo 240 del ET modificado por el artículo 80 de Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, la tarifa general del impuesto de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2019 será del 33 %.

Facultades de la UGPP otorgadas por la reforma tributaria
CASOS PRÁCTICOS, Derecho LaboralLa Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 introdujo modificaciones para los actos de evasión de aportes a la seguridad social. Al respecto, los artículos 316 y 320 regulan los temas de terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos y reducción de intereses moratorios, respectivamente. La Ley 1819 de 2016 estableció algunas precisiones sobre la evasión de algunas responsabilidades fiscales y contributivas y para ello otorgó ciertas facultades a la UGPP en aras de garantizar la vigilancia de que los aportes se hagan correctamente al sistema. En esa medida, dicha entidad no solo vigila si el aportante efectivamente cotizó, sino que además supervisa todo lo que él recibe, por ejemplo, por concepto de honorarios como contratista independiente, revisando que haga los aportes por el valor real que le corresponda. A los trabajadores independientes solo se les cobra por la mora en las cotizaciones de los dos primeros meses, entendiendo con esto que al segundo mes se suspenden los servicios pero no se siguen causando más períodos de mora, así lo establece el artículo 74 del Decreto 2353 de 2015. Terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos Esto opera cuando la UGPP desea terminar de forma anticipada y anormal el […]

