Retención para personas naturales comerciantes 2026
🔴 Para el año gravable 2026 serán retenedoras las personas naturales comerciantes que en el año 2025 hayan tenido un patrimonio bruto o ingresos brutos superiores a 30.000 UVT.
✅ Esta obligación recaerá respecto de pagos por honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras.
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