¿Cuáles son las revisiones pertinentes en el cierre contable?
¡Importante! El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 0701 del 7 de julio de 2026, mediante el cual se incorporan al marco técnico normativo de Colombia algunas enmiendas y mejoras de las NIIF aplicables a empresas del Grupo 1 y 2. Las reglas de aplicación son inmediatas, ya que según el artículo 5 de dicho decreto, los cambios son efectivos a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Por lo anterior, desde el 9 de julio del 2026, esta nueva norma afecta los estados financieros del año 2026.
¡No te vayas sin resolver nuestro cuestionario de cierre!




Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»
Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.
Formatos por temas de interés
Tipos de formatos
Más sobre Liquidadores

