Artículo 870
Artículo 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF. <Artículo adicionado por el artículo 1 de la Ley 633 de 2000>. Créase como un nuevo impuesto, a partir del primero (1o. ) de enero del año 2001, el Gravamen a los Movimientos Financieros, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman.
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