Artículo 281
Artículo 281. Efectos del reajuste fiscal. <Artículo modificado por el artículo 22 de la Ley 1111 de 2006>. El reajuste fiscal sobre los activos patrimoniales produce efecto para la determinación de:
– La renta en la enajenación de activos fijos.
– La ganancia ocasional obtenida en la enajenación de activos que hubieren hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos (2) años o más.
– La renta presuntiva.
– El patrimonio líquido.
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