Artículo 267-1
Artículo 267-1. Valor patrimonial de los bienes adquiridos por leasing. <Artículo modificado por el artículo 115 de la Ley 1819 de 2016>. En los contratos de arrendamiento financiero o leasing financiero, el valor patrimonial corresponderá al determinado en el artículo 127-1 de este Estatuto.
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